Ley de Protección de Derechos de Personas Privadas de Libertad

“Para mí son los mismos derechos de todos y sólo se les priva de libertad. Necesitamos que tengan derechos que puedan prevalecer en el tiempo que quienes cumplen con su comportamiento se les respeten sus derechos, libertad y respeto, no al abuso de las instituciones. Y sus subalternos.”

Art. 2 Se prohíbe cualquier forma de discriminación basada en la situación de privación de libertad.

Las personas privadas de libertad serán tratadas con dignidad y respeto en todas las circunstancias y se prohíbe cualquier forma de maltrato o abuso por parte de las instituciones penitenciarias y sus subalternos.

Se establecerán protocolos claros para prevenir y sancionar el abuso institucional.