Ley de migración extranjería

“Estimado presidente primero le doy las gracias por todo a mí me gusta mucho su gobierno usted es muy inteligente. Gracias por todo. Quiero pedir que el trámite para nacionalizar a mis sobrinos brasileños no sea tan burocrático muchas gracias

Yoselyn Muñoz.”

Artículo 87.- Procedimiento.

(…) El procedimiento para la obtención, pérdida y acreditación de la nacionalidad deberá tramitarse con la máxima celeridad, priorizando los casos en que la vida o integridad física de la persona migrante se encuentre en riesgo en el país de origen.