Ley de Inclusión Social para Personas Egresadas del Sistema Penitenciario
“Se requiere trabajar en un plan nacional de inclusión social de las personas que se han encontrado privadas de libertad, educar desde edades tempranas a los ciudadanos en pos deconstruir los prejuicios y estigmas que se asocian a esta población.”
Art. 5 El Estado de Chile implementará un plan nacional de inclusión social para las personas que han estado privadas de libertad. Este plan incluirá programas de apoyo en áreas como vivienda, empleo, salud, educación y asistencia legal.
Art. 6 El plan fomentará la rehabilitación y la reinserción de las personas en la sociedad.Garantizando oportunidades de desarrollo personal y profesional.
Art.7 Se promoverá la educación desde edades tempranas a través del sistema educativo nacional para sensibilizar a la sociedad sobre las realidades de las personas que han estado privadas de libertad.
Art. 8 Se llevarán a cabo campañas de concientización para cambiar los prejuicios y estigmas asociados a esta población, destacando la importancia de la inclusión social.