Ley 20.920, Establece marco de gestión de residuos, responsabilidad extendida del productor y fomento del reciclaje
“Ley de redistribución de alimentos que se desperdician por su aspecto, pero que se pueden consumir por estar en buen estado. Donación de esta comida a instituciones que lo necesiten”
“Prohibir el consumo de carne o restringir por familia”
Título II “De la gestión de residuos”.
Artículo 4º.- De la prevención y valorización. Todo residuo potencialmente valorizable deberá ser destinado a tal fin evitando su eliminación. En el caso de los alimentos que no se consumen, el Ministerio deberá establecer la forma en que serán redistribuidos a distintas instituciones que lo requieran. Asimismo, se incentivará el consumo de alimentos de origen vegetal, subvencionando su venta para permitir mayor acceso a la población.