Ley 18.362 que crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado

“Ley para que las reservas nacionales sean mantenidas sin daño”

“Cuidar, prevenir y crear espacios naturales, atendiendo y aumentando la existencia de áreas de protección”

“Medidas para resguardar las reservas naturales”

Artículo 33.- Los actuales Parques Nacionales, Monumentos

Naturales y Reservas Nacionales integrarán el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, conservando su calidad de tales. También integrarán dicho Sistema los Parques Nacionales de Turismo, las Reservas de Bosques y las Reservas Forestales. El Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado buscará preservar y mejorar los recursos escénicos, naturales y los elementos culturales ligados a un ambiente natural.