Constitución Política de la República de Chile Art. 106
“Formación policial debe incluir perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad”.
Constitución Política de la República de Chile
Art. 106 Las policías como organismos auxiliares de la administración de justicia deberán realizar sus funciones con enfoque interseccional. Deberán recibir formación en perspectiva de género e interculturalidad para proveer igual protección a todas las personas.