Constitución Política de la República de Chile
“Todos tenemos derechos digitales si nos dan permisos de nuestros papá y mamá.”
Capítulo III De los Derechos y Deberes Constitucionales.
Artículo 19. – La constitución asegura a todas las personas:
12°. – La libertad de emitir opinión y la de informar …
Inciso final
Toda persona tendrá derechos digitales y acceso a la información.
Los padres y madres serán responsables de los contenidos audiovisuales e información que consuman sus hijos.