Constitución Política de la República de Chile

“Todos tenemos derechos digitales si nos dan permisos de nuestros papá y mamá.”

Capítulo III De los Derechos y Deberes Constitucionales.

Artículo 19. – La constitución asegura a todas las personas:

12°. – La libertad de emitir opinión y la de informar …

Inciso final

Toda persona tendrá derechos digitales y acceso a la información.

Los padres y madres serán responsables de los contenidos audiovisuales e información que consuman sus hijos.