Constitución Política de la República Artículo 19 n°28
“Igualdad: 1. la igualdad para mí es tener los mismos derechos y oportunidades no importando mi nivel socioeconómico mi género o mi orientación sexual. 2. Como mujer y persona de clase media necesito tener igualdad en trato y pago por un trabajo realizado. 3. Igualdad en la educación en género derecho de ganar igual. 4. Implementando educación igual para todos y comenzar a no discriminar por ser hombre o mujer.”
El Estado asegura la equidad de género en todos los aspectos, promoviendo especialmente la igualdad salarial.
El Estado debe promover la equidad de género en el ámbito laboral, garantizando las mismas oportunidades de empleo a hombres y mujeres. Es deber del Estado erradicar los estereotipos en labores tradicionalmente sesgadas.
En toda empresa u organización, sea pública o privada, debe existir igual cantidad de personal femenino y masculino en todos los niveles.
El estado promoverá la educación en equidad de género en los espacios de trabajo y transversalmente en todos los niveles de educación.