Constitución Política de la República Artículo 19 n°2

“La igualdad es la posibilidad de que todos los habitantes de un país tengan los mismos derechos deberes, y oportunidades. Creo que para desarrollar la musculatura de la igualdad en nuestro país, es imperativo repartición justa de la riqueza, que no se concentre el poder y la riqueza en unos pocos.”

La Constitución asegura a todas las personas la igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Ni ley ni autoridad podrán establecer diferencias arbitrarias.

(…)

Es deber del Estado establecer mecanismos que aseguren la igualdad material en el ejercicio de los derechos.