Constitución Política de la República Artículo 19 n°16 bis
“Que todos tengan trabajo”
Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
“Que todos tengan trabajo”
Toda persona tiene derecho al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.