Artículo 2° Ley General de Educación

“Igualdad y acceso a la educación de excelencia, indistinto a comuna o ciudad donde se viva. Todos debemos tener las mismas oportunidades. Solo depende de nuestro esfuerzo.”

La calidad de la educación no tomará en cuenta la comuna o ciudad donde se imparta, buscando que toda persona a lo largo del territorio chileno pueda tener la misma oportunidad.