Artículo 19. – La Constitución asegura a todas las personas:

“Deseamos que todas las personas desarrollen su propio potencial. Saludos de unos Colombianos en Chile.”

2°. – La igualdad ante la ley.

La ley tendrá como un propósito transversal que las personas desarrollen todo su potencial. Se tendrá en especial consideración los vínculos comunitarios con personas de otras latitudes, dada la importancia de estas relaciones.