Artículo 19. – La Constitución asegura a todas las personas:

“Igualdad de tener internet para todos y cada uno de los niños y adultos para un mundo mejor y un Chile mejor”

2°. – La igualdad ante la ley.

El acceso, la conectividad y la calidad del internet son un derecho de toda la población chilena, sin importar el lugar donde residan.