Articulo 19.- La Constitución asegura a todas las personas:
“La igualdad de derechos y deberes ante la ley aplicará para toda residente en el país, sin importar su sexo, origen, religión, o cualquier otra cosa, a excepción de su condición humana y su dignidad.”
2°. – La igualdad ante la ley.
Esto aplica para toda persona que resida en el país, tomando en cuenta su dignidad y condición humana. No se tendrán en cuenta para lo anterior la nacionalidad, sexo, ni origen étnico.