Ley 21105 Crea el ministerio de Ciencia, Tecnología, conocimiento e innovación
“El Estado garantiza que toda acción sobre el ambiente sea fundado en la ciencia y en el bienestar humano y natural”
Artículo 3°.- Del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Créase el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación que buscará el diseño, formulación, coordinación, implementación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a fomentar y fortalecer la ciencia, la tecnología y la innovación derivada de la investigación científico-tecnológica con el propósito de contribuir al desarrollo, propendiendo al bien común y a la sustentabilidad del medio ambiente.