Constitución Política de la República de Chile
“Formación policial debe incluir perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad”.
Art. 106 Las policías como organismos auxiliares de la administración de justicia deberán realizar sus funciones con enfoque interseccional. Deberán recibir formación en perspectiva de género e interculturalidad para proveer igual protección a todas las personas.