Artículo 19. – La Constitución asegura a todas las personas:
“Que todas las personas fueran felices.”
2°. – La igualdad ante la ley.
La igualdad es la base de la felicidad, y, por tanto, el Estado promoverá la misma para que las personas puedan buscar y encontrar el camino hacia ser felices en el ámbito personal y colectivo.