Artículo 19. – La Constitución asegura a todas las personas:
“El buen trato para todos/as.”
2°. – La igualdad ante la ley.
El buen trato es un derecho y un deber para toda persona de la sociedad para con sus miembros.
“El buen trato para todos/as.”
2°. – La igualdad ante la ley.
El buen trato es un derecho y un deber para toda persona de la sociedad para con sus miembros.