LAW SHIFTERS

A project by Stine Marie Jacobsen.

Law Shifters engages young citizens in law and democracy by giving them the chance to act as both judges and lawmakers. What would your verdict be to real court cases, and how would you rewrite the laws in your country so that they would be more just?

The Law Shifters project makes young people discuss their political opinions, ethical views and sense of justice as they re-judge real court cases and write new law proposals that reflect the reality that they are part of today.

With the current discussions on direct democracy, legal (un)realisable proposals from citizens could play an important role on the political stage. Law Shifters strengthens young people’s democratic education in a serious yet humorous and creative way and deals with existing regulations and legislations in Europe.

O = Original, X = Law Language, △ ​= ​English Translation

Constitución Política de la República de Chile Art.19 N. 3

O

“La experiencia de violencia de género debe considerarse en la defensa”

“Deberá haber perspectiva de género en todo proceso penal”.

“Actores judiciales deberían tener formación en perspectiva de género. Diferencias de género, etnia, clase perjudican acceso a la justicia y defensa.”

“En leyes sobre violencia de genero e intrafamiliar se deben contemplar no solo a las mujeres cisblancas sin discapacidad, de clase media-alta y de zonas urbanas, sino que la diversidad de mujeres, personas trans y no binarias”.

 

 

 

X

Constitución Política de la República de Chile Art.19 N. 3

Inciso 11

Es deber del Estado otorgar asistencia jurídica especializada para la protección de mujeres, disidencias y otros grupos históricamente desaventajados, así como contar con intérpretes y facilitadores interculturales para la protección adecuada de los derechos de las personas pertenecientes a pueblos indígenas.

Political Constitution of the Republic of Chile Art.19 No. 3

Subsection 11

The State must provide specialized legal assistance for the protection of women, LGBTQ+ people and other historically disadvantaged groups. The State must also provide to indigenous people interpreters and intercultural facilitators for the adequate protection of their rights.


Ley 20.066 Ley de Violencia Intrafamiliar

O

“En casos de violencia domestica está muy centrado en la mujer, el hombre sale de ahí pero se va a otra relación y se ejerce violencia en nuevo vínculo”.

X

Ley 20.066 Ley de Violencia Intrafamiliar

Artículo 3 (establece una serie de medidas de prevención y medidas que el Estado debe adoptar).

letra f) Adoptar medidas de reparación del daño causado en casos de violencia.

Las medidas de prevención y reparación deberán no solo atender a víctima sino también ofensor de la violencia intrafamiliar.

Law 20,066 about Domestic Violence

Article 3 (establishes a series of preventive measures and measures that the State must adopt).

f) Adopt measures to repair the damage caused in cases of domestic violence.

Prevention and reparation measures must not only address the victim situation, but also they must care about the offender.


Código Orgánico de Tribunales Art. 16

O

“La experiencia de violencia de género debe considerarse en la defensa”

“En los casos de violencia intrafamiliar se necesita una perspectiva más humana y tratar estos casos desde la emoción y la empatía. Ponerse en la situación de haber vivido esta violencia, de la frustración y desesperación que genera, pedir repetidas veces ayuda a los que debieran amparar por tu seguridad y que no hagan nada por ayudarte. También tener en cuenta todo el contexto y la historia de la acusada.”

“Al momento de juzgar el homicidio se debe tomar en consideración las interacciones violentas ente los sujetos involucrados en el tiempo anterior al homicidio, las acciones de los sujetos en orden a solicitar ayudas a las instituciones para solucionar la situación, la relación de las instituciones y las repercusiones para terceros (la comunidad) en como restringir la libertad de quien sea considerado culpable. Para la evaluación de todas estas cuestiones, el tribunal deberá constatar con el auxilio de profesionales calificados.”

“En casos de violencia doméstica dentro de una relación, en donde resulte alguno fallecido, deberá haber una investigación con perspectiva de género de la relación misma, como también del entorno próximo y su comunidad.”

X

Código Orgánico de Tribunales

Art. 16 Los jueces al conocer de asuntos, cualquiera sea la materia, donde exista violencia intrafamiliar deberán tomar en consideración:

– La relación de poder existente entre las partes involucradas.
– La agencia y experiencia de quien ha sufrido la violencia.
– La existencia de antecedentes de actos de violencia y denuncias de estos a las autoridades
– La existencia de intentos previos de quien sufre violencia de buscar protección en la comunidad.
– La posición de vulnerabilidad, trauma y frustración de quien ha sufrido violencia.
– La situación de aislamiento geográfico y dificultades de acceso a prestaciones estatales de quien ha sufrido violencia

Organic Code of Courts

Art. 16 Judges, when hearing any cases in which domestic violence is involved, must take into consideration:

– The existing power relationship between the parties involved.

– The agency and experience of those who have suffered violence.

– The existence of a past history of acts of violence and the report of those acts to the authorities

– The existence of previous attempts by those who suffer violence to seek protection from the community.

– The position of vulnerability, trauma and frustration of those who have suffered violence.

– The situation of geographical isolation and difficulties in accessing state benefits for those who have suffered violence.


Código Orgánico de Tribunales Art. 15

O

“Deberá haber perspectiva de género en todo proceso penal”.

“[En los tribunales se debe] desterrar cualquier sesgo de género (machismo y misoginia) que pudiera argumentarse frente a un caso de violencia. Entregar herramientas de análisis y reflexión a quienes llevan estos procesos judiciales.”

“[Los jueces deben] combatir sesgos sobre la forma correcta de ser madre”.

“En caso de analizar la calidad de garante de una madre, respecto del cuidado de sus hijos, se tendrán en consideración los siguientes elementos: a) culturalidad, b) perfil psicológico de acuerdo a sus condiciones personales, solicitado exclusivamente por el tribunal, c) las condiciones e historial de vida de la madre y d) el círculo de cuidado con que cuenta. La maternidad será comprendida dentro de las condiciones particulares de la madre, sin condicionar esta a patrones culturales arraigados en la sociedad, tales como machismo y discriminación racial”.

X

Código Orgánico de Tribunales

Art. 15 Los jueces deben resolver con enfoque interseccional y con perspectiva de género los asuntos sometidos a su conocimiento. Los jueces deberán tener especial cuidado en erradicar en su deliberación prejuicios sobre el rol de las madres, descartando una aproximación única y universal de la maternidad.

Organic Code of Courts

Art. 15 Judges must take their decisions with an intersectional approach and with a gender perspective. Judges must take special care to eradicate prejudices about the role of mothers in their deliberation, ruling out a unique and universal approach to motherhood.


Código Orgánico de Tribunales Art. 14

O

“Deberá haber perspectiva de género en todo proceso penal”.

“En los casos de violencia intrafamiliar se debe ver una forma de apoyar y acompañar a la mujer en este proceso, darle herramientas para sanar los traumas causados por estas violencias. Mejorar el proceso judicial y hacerlo menos intimidante y violento para la mujer ya que durante la investigación y el proceso ella tiene que revivir todo lo ocurrido”.

“Actores judiciales deberían tener formación en perspectiva de género. Diferencias de género, etnia, clase perjudican acceso a la justicia.”

X

Código Orgánico de Tribunales

Art. 14 Los funcionarios del poder judicial deberán recibir formación en perspectiva de género para el desempeño de sus funciones y se les otorgará herramientas para prevenir la violencia de género y acompañar a quienes sufran de esta. También deberán recibir formación para evitar la revictimización de quienes han sufrido violencia de género en los juicios que se sigan en tribunales.

En todos los tribunales deberán existir mediadores culturales. Los funcionarios del poder judicial deberán recibir formación en perspectiva intercultural.

Organic Code of Courts

Art. 14 Judiciary´s officials must be trained in gender perspective for the performance of their role and to prevent gender violence and support those who suffer from it. They must also be trained to prevent the re-victimization of those who have suffered gender violence in trials that take place in court.

In all courts there must be cultural mediators. Judiciary´s officials must be trained in intercultural perspective.


Constitución Política de la República de Chile Art. 106

O

“Formación policial debe incluir perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad”.

X

Constitución Política de la República de Chile

Art. 106 Las policías como organismos auxiliares de la administración de justicia deberán realizar sus funciones con enfoque interseccional. Deberán recibir formación en perspectiva de género e interculturalidad para proveer igual protección a todas las personas.

Political Constitution of the Republic of Chile

Art. 106

The police, in its role assisting the judicial system, must follow an intersectional perspective in the performance of their duties.  Police must be trained in gender and intercultural perspective to provide equal protection to all individuals.


Constitución Política de la República de Chile Art.19 N. 3

O

“Instituciones a cargo de la justicia deben contar con mediador intercultural y con escaños reservados para habitantes de comunidades indígenas presentes en el territorio”.

X

Constitución Política de la República de Chile

Art.19 N. 3

Inciso 12

1. La función jurisdiccional se define en su estructura, integración y procedimientos conforme a los principios de plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad.

2. Cuando se trate de personas indígenas, los tribunales y sus funcionarios deberán adoptar una perspectiva intercultural en el tratamiento y resolución de las materias de su competencia, tomando debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, los protocolos y los sistemas normativos de los pueblos indígenas, conforme a los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Chile es parte.

*copiado textual de la propuesta de nueva Constitución que fuera rechazada en septiembre 2022.

Political Constitution of the Republic of Chile

Art.19 No. 3

Subsection 12

1. The structure, integration and procedures of the jurisdictional function reflect the principles of plurinationality, legal pluralism and interculturality.

2. When dealing with Indigenous persons, the courts and their officials must adopt an intercultural approach in the treatment and resolution of matters within their competence, taking due consideration of the customs, traditions, protocols and regulatory systems of Indigenous peoples, in accordance with the international human rights treaties and instruments to which Chile is a party.

*copied verbatim from the proposal for a new Constitution that was rejected in September 2022.


Constitución Política de la República de Chile Art.19 N. 3

O

“La ley no debe aplicarse de forma igual siempre, debe considerar circunstancias del caso”, “considerar cada caso como único”.

X

Constitución Política de la República de Chile

Art.19 N. 3

Toda persona tiene derecho a la igualdad, que comprende la igualdad ante la ley, la igualdad sustantiva, y la no discriminación.

Inciso 10

Todos los órganos que intervienen en los procedimientos judiciales deberán velar por la igualdad sustantiva de las partes, garantizando igual acceso y consideración de sus posiciones.

Political Constitution of the Republic of Chile

Art.19 No. 3

Every person has the right to equality, which includes equality before the law, substantive equality, and non-discrimination.

Subsection 10

The officials involved in judicial proceedings must ensure the substantive equality of the people involved, guaranteeing equal access and consideration of their positions.


Constitución Política de la República de Chile Art. 19 N. 2

O

“Al momento de juzgar el homicidio … La pena debe orientarse a recomponer en la medida de lo posible el daño generado, más que el castigo de quien sea considerado responsable de la acción, la solución deberá considerar los medios para que las acciones y omisiones de las instituciones públicas no se vuelvan a repetir”.

X

Constitución Política de la República de Chile

Art. 19 N. 2 (garantiza igualdad ante la ley)

Inciso final

El Estado deberá adoptar todas las medidas necesarias para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño causado por violencia de género.

Political Constitution of the Republic of Chile

Art. 19 No. 2 (guarantees equality before the law)

Final paragraph

The State must adopt all necessary measures to prevent, investigate, punish and repair the damage caused by gender violence.


Código Penal Art. 10

O

“Que la autodefensa por violencia de género no sea delito”.

“Está exento de responsabilidad penal el que obre violentado por daños psicológicos y/o físicos en su contra durante periodos prolongados de tiempo”.

“Legítima defensa debería considerar no solo momento de agresión sino un periodo mayor si ha habido violencia constante”.

X

Código Penal

Art. 10 Están excusados de responsabilidad penal: N. 3 La persona que habiendo sufrido reiterada violencia de género se defiende frente al ataque de su pareja.

Criminal Code

Art. 10 People who are excused from criminal responsibility: N. 3 The person who, having suffered repeatedly from gender violence, defends herself against the attack of her partner.


Código Penal Artículo 390

O

“Cuando una persona tome la decisión de quitarle la vida a otra se debe estudiar toda la relación existente entre ellas: relación de poder entre ellas, violencia, denuncias por abuso o violencia, acuerdos previos en situación de conflicto y si fueron respetados o incumplidos por alguna de las partes, si alguna de las partes se relaciona de manera conflictiva con el resto”.

X

Código Penal

Artículo 390

(inc 1. Sanciona como “parricida” a quien mate a padre, madre, hijo o cónyuge o conviviente)

Inciso 2. Para determinar responsabilidad en el parricidio se deberá tomar en consideración las relaciones de poder existente entre las personas involucradas para efecto de aplicar eximentes o atenuantes cuando él o la ofensora ha sufrido de manera constante violencia por parte de la víctima de parricidio.

Criminal Code

Article 390

(Subsection 1. Punish as a “parricide” whoever kills his/her father, mother, child or partner)

Subsection 2. To determine responsibility in the parricide, the existing power relations between the people involved must be taken into account in order to apply defenses or mitigations when the offender has constantly suffered violence from the victim of parricide.